La filiación extramatrimonial y su implicancia en la derogación tácita de la figura del hijo alimentista
Resumen
El presente trabajo de investigación denominado “La filiación extramatrimonial y su implicancia en la derogación tácita de la figura del hijo alimentista” analizó la Ley N° 28457, sobre filiación extramatrimonial y la figura del hijo alimentista, tomando en cuenta los derechos que otorga la ley de la filiación extramatrimonial, así como el estudio del artículo 415° del Código Civil, ya que su naturaleza es la subsistencia alimentaria.
Al respecto, se ha tomado en cuenta el avance de la ciencia, debido a que en la actualidad al existir la Ley N° 28457 - Ley que regula el Proceso de Filiación Judicial de Paternidad Extramatrimonial, los niños no reconocidos por sus padres puede acceder a la prueba genética del ADN, con mayor facilidad que hace muchos años atrás. En ese sentido, resultaría innecesario recurrir a la figura legal del hijo alimentista para reclamar judicialmente los derechos del menor, ya que con el proceso de filiación judicial de paternidad extramatrimonial se obtendría mejores derechos para el niño, consecuentemente al existir esta ley, la figura legal del hijo alimentista quedaría derogada tácitamente.
A través del método descriptivo, no experimental se ha logrado determinar que en tiempos actuales ya no tendría sentido la figura del hijo alimentista, pues de las encuestas aplicadas, así como del análisis doctrinal, legal y jurisprudencial ; se ha dado respuesta a la pregunta ¿El proceso de filiación extramatrimonial ha derogado tácitamente la figura legal del hijo alimentista? Concluyendo que sí.
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