Indebida aplicación del NE BIS IN IDEM administrativo en las investigaciones por el delito de hurto de energía eléctrica, Jaén-2021.
Resumen
La presente investigación sobre la indebida aplicación del ne bis idem administrativo en las investigaciones por el delito de hurto de energía eléctrica, Jaén – 2021, analiza el reconocimiento del ne bis in idem e indica que no se podrá imponer de manera sucesiva o simultánea una pena o una sanción administrativa por el mismo hecho cuando se aprecie la triple identidad, es decir, que concurran las características del mismo sujeto, mismo hecho y mismo fundamento; por lo tanto, tal prohibición del ne bis in idem constituye una garantía constitucional, Asimismo, se analiza el servicio de la energía eléctrica, como servicio público y de utilidad pública, conforme lo expresó en la sentencia del expediente N° 02151-2018-PA/TC, al señalar que el servicio de la energía eléctrica e internet comparten una naturaleza prestacional a favor de los ciudadanos y la comunidad, Se analizó la muestra de 30 investigaciones penales efectuadas por el delito de Hurto de energía eléctrica y la entrevista a 40 profesionales del derecho penal; investigación de tipo Básico y de enfoque Cualitativo, se utilizó la ficha de recojo de información a fin de analizar las investigaciones. Posteriormente, los resultados fueron procesados, presentados mediante gráficos para realizar su interpretación para de esta forma brindar respuesta al problema de investigación, a los objetivos e hipótesis de la investigación.
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