Reducción de beneficios sociales en el decreto supremo N° 007-2008-TR y la inconvencionalidad en su aplicación
Resumen
La protección de la dignidad humana en relación con el trabajo ha sido un elemento
permanente en el devenir de los derechos humanos. Dicha afirmación supone tener
presentes las relaciones e influencias entre los derechos humanos y los derechos
laborales, donde a nivel internacional, la actividad de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT) y de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se han
encontrado en momentos significativos para el desarrollo y evolución normativos de
la protección de la dignidad humana y del trabajo.
El presente trabajo de investigación determina la inconvencionalidad en la aplicación
de Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, en cuanto a la reducción de beneficios
sociales de los trabajadores que pertenecen a este régimen, todo esto a partir de lo
establecido en los tratados internacionales sobre materia laboral y de los cuales el
Perú es parte. Con dicho fin parte de analizar los caracteres propios del derecho a la
igualdad, que como derecho liberal clásico es base de derechos sociales como el
derecho al trabajo. Finalmente, la investigación busca despejar la duda de si el
referido régimen MYPE, obedecen a una política de promoción del empleo o más
bien introducen un trato diferenciado sin sustento objetivo y, en consecuencia,
inconstitucional e inconvencional.
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