Procedencia de la aplicación del proceso especial de terminación anticipada durante la etapa intermedia en el Código Procesal Penal del 2004 en el Distrito Judicial de Lambayeque
Resumen
Existen dos posturas en la figura de la terminación anticipada durante la etapa intermedia,
motivo por el cual se emite el acuerdo plenario Nº 5-2008/CJ-116 y el N° 5-2009/CJ-116;
empero, del examen de los fundamentos de nuestra Corte Suprema no termina por
convencer totalmente con respecto a la jurisprudencia producida.
Principal motivo que dio origen a la presente investigación frente al descontento de los
fundamentos que desestiman el uso de la figura de la terminación anticipada dentro de la
etapa intermedia, por lo cual se acudió a la consulta de fuentes al nivel nacional como
internacional.
Es por ello que mediante el objetivo general se pretendió buscar y determinar si es,
conveniente la postura tomada en los acuerdos plenarios anteriormente mencionados, los
mismos que restringen el uso de esta figura jurídica dentro de la etapa intermedia del
proceso penal.
A través de los objetivos específicos, se busca realizar un análisis de los acuerdos y su
restricción de su uso durante la etapa intermedia y un análisis realizado por intermedio de
las bases doctrinales, la jurisprudencia, la legislación vigente y dar a conocer los
principales motivos que respalda su uso en esta etapa del proceso penal en el distrito
judicial de la ciudad de Lambayeque en tal sentido que se logre verificar la hipótesis
indicada, la cual es que la figura de la terminación anticipada es totalmente pertinente su
aplicación dentro de la etapa intermedia en el proceso penal por lo tanto se concluye que
los acuerdos plenarios señalados líneas arriba debería de ser dejados sin efecto.
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