Penalización de los actos de violencia al grupo familiar y el Principio de Mínima Intervención del Derecho Penal en los juzgados penales de Bagua Grande, 2019
Resumen
La violencia a los integrantes del grupo familiar, ha sido regulado en el Artículo 122-B
del Código Penal Peruano vigente, a causa del incremento de las denuncias de violencia
en el entorno familiar y de los feminicidios en nuestro país, este problema social que antes
era un tema privado ha pasado de tener un tratamiento civil y administrativo a ser
penalizado; sin embargo, la intención por parte del Estado en erradicar la violencia
intrafamiliar, ha sido sólo reaccionario, optando por el campo del derecho penal, dejando
de tener en cuenta el principio de mínima intervención, por ello la presente investigación
tuvo como objetivo principal determinar si la penalización de los actos de violencia al
grupo familiar vulnera el principio de mínima intervención del Derecho Penal en los
Juzgados Penales de Bagua Grande en el periodo del año 2019, cuyo resultado determinó
que sí se vulnera el principio de mínima intervención del Derecho Penal, debido a que
existen otros niveles o espacios de control de la violencia doméstica, las mismas que
evitan una maximización del Derecho Penal, dejando de lado alternativas que ayuden a
corregir este problema, desde el ámbito administrativo y civil o familiar. El diseño de la
investigación ha sido básica, no experimental, de modo transeccional o transversal, y
respecto a la contrastación de la hipótesis hemos utilizado como instrumentos: el fichaje
bibliográfico, ficha de análisis de contenido y cuestionario. De los resultados de la
discusión se ha logrado comprobar de forma positiva la hipótesis planteada, lo que
posteriormente han resultado las conclusiones y recomendaciones.
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