Actividad probatoria restringida en el proceso contencioso administrativo conforme al artículo 29 del D. S. 011-2019-JUS, Chachapoyas-2021
Resumen
El presente informe de tesis titulado “Actividad probatoria restringida en el proceso
contencioso administrativo conforme al artículo 29 del D. S. 011-2019-JUS,
Chachapoyas-2021” es un tema muy importante y muy polémico, debido a que, en el
proceso contencioso administrativo se encuentra la actividad probatoria restringida solo
a las actuaciones realizadas en la vía administrativa, ante esta problemática, se planteó el
siguiente problema de investigación: ¿Existe la actividad probatoria restringida en el
proceso contencioso administrativo conforme al artículo 29 del D. S. 011-2019-JUS,
Chachapoyas-2021?; como objetivo general: Determinar si existe la actividad probatoria
restringida en el proceso contencioso administrativo conforme al artículo 29 del D. S.
011-2019-JUS, Chachapoyas-2021; se trabajó con una muestra de 14 magistrados y
magistradas del Poder Judicial de la jurisdicción de Chachapoyas; el instrumento
utilizado fue la encuesta; y se llegó a determinar que la actividad probatoria conforme al
artículo 29 del D. S. 011-2019-JUS se hallaría restringida, toda vez que, limita su ejercicio
a lo actuado en la vía administrativa, contraviniendo los parámetros constitucionales del
derecho a la prueba.
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