La unión de hecho en el régimen previsional militar y policial, lima 2006-2020.
Resumen
El trabajo de investigación designada con el título “La unión de hecho en el régimen previsional militar y policial, Lima 2006 2020”, tiene como designio el de determinar si corresponde reconocer de manera taxativa la unión de hecho dentro del
régimen previsional militar y policial, teniéndose en cuenta el análisis irrestricto de un conjunto de expedientes constitucionales que están relacionados al respectivo tema considerando que la unión de hecho constituye una forma de familia protegida
constitucionalmente. El tema de investigación, surge desde el contenido del Decreto Ley N° 19846 con el cual se unifica el Régimen de pensiones del personal militar y policial de la Fuerza Armada y Fuerzas Policiales, por servicios al Estado; constituyendo un régimen especial, en su contenido, se advierte una incertidumbre jurídica relacionada a las parejas que han celebrado una unión de hecho a razón de que, en dicho dispositivo legal, se reconoce únicamente a las personas que han contraído matrimonio civil el acceso a ciertos derechos de pensión (viudez, orfandad, ascendencia y otros), ocasionando que en el ámbito administrativo, dichos derechos, en atención a su naturaleza y accesibilidad, sean negados a los integrantes de una unión de hecho, por lo que están forzados a demandar su derecho en la vía judicial, situación que los conlleva a encausarse en gastos de recursos económicos, asimismo logísticos, y también dilación de tiempo.
La tesis bajo el título que fue designado, es descriptiva explicativa, asimismo, tiene como variable dependiente “Reconocimiento de derechos pensionarios”, y como variable independiente “Efectos jurídicos de la unión de hecho”, la población, así como la muestra, tuvo como estudio a 10 expedientes constitucionales que constan en el lapso de 2006 a 2020. Se aludió a los métodos hermenéutico jurídico, deductivo, explicativo, analítico y dogmático jurídico.
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